02/05/2018. REGIONALES. Salta
Los aportes no reintegrables están destinados a organizaciones de productores con personería jurídica; mientras que pueden ser sujetos de créditos tanto las organizaciones como los productores individuales.
Los proyectos deben estar orientados a financiar infraestructura, nutrición, sanidad, manejo y mejora genética, transformación y comercialización de productos.
Los proyectos que se presenten serán evaluados en primera instancia por la Unidad Ejecutora Provincial, que está integrada en forma mayoritaria por representantes de los productores, como así también representantes del INTA, Secretaría de Agricultura Familiar, Senasa y de la Provincia. Mientras que la evaluación final corresponde a la Coordinación Nacional del Régimen de Ley Ovina.
Los interesados en acceder a los Aportes No Reembolsables deberán llenar el formulario A 2, del alta del beneficiario (para personas jurídicas); el formulario B, con una descripción de la situación inicial, más un anexo con una minuta descriptiva técnica; el formulario de Solicitud de Aporte No Reintegrable; y formularios del perfil del proyecto.
En tanto que, quienes quieran acceder a Aportes Reintegrables (créditos) deben presentar formulario A 1, del alta del beneficiario (para personas humanas) y formulario A 2 (para personas jurídicas). También el formulario B, con la descripción de la situación inicial y el Anexo del formulario B, con una minuta descriptiva técnica; el formulario de Solicitud de Aporte Reintegrable o Crédito; y los formularios del perfil del proyecto.
Documentación necesaria
Para la realización de los trámites es necesario tener todas las fotocopias autenticadas por escribano, juez de paz o Policía.
En el caso de las personas jurídicas, se solicita también
- Acreditación de personería jurídica (instrumento legal que la reconoce, completa con estatutos -entre sus fines debe estar el desarrollo ganadero-).
- Mandato de las autoridades en vigencia.
- Acta proveniente de Libro de Actas foliado y rubricado en la que conste la decisión del órgano directivo aprobando la solicitud del beneficio indicando el monto y cantidad de productores a beneficiar.
- CUIT en vigencia de la institución.
- DNI del Presidente.
- RENSPA del solicitante del beneficio. Si la organización no lo tuviera se deberá presentar el RENSPA de cada uno de los productores a los que va dirigido el proyecto.
- Croquis con detalles de localización de obras del campo en el que se desarrollará el proyecto, individualizado por productor.
- Acreditación de disponibilidad del predio (cédula parcelaria, contrato de arriendo o constancia de institución oficial).
Mientras que para personas humanas es necesario presentar:
- DNI
- CUIT, Marca y Señal y RENSPA del productor
- Acreditación de la titularidad de la tierra (cédula parcelaria)
- Plano o croquis del campo en donde se desarrollará el proyecto con detalles de localización de obras.
En cualquier caso el proyecto deberá ser formulado por un profesional de las ciencias agropecuarias y presentado en papel y formato electrónico (PDF, cada documento en forma individual).
Información sobre aspectos técnicos y formales de presentación podrán ser requeridos en la Coordinación Provincial de Ley Ovina, dependiente de la Dirección General de Ganadería y Producción Animal del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable de la Provincia. Las consultas podrán efectuarse en Santiago del Estero 2225, Block C, 4º Piso, vía mail a leycaprinauepsalta@yahoo.com.ar o por teléfono al 4226023.