05/07/2018. REGIONALES. Córdoba
Plazos y áreas
En el mencionado decreto N° 840, se determinan los siguientes plazos de validez para la medida de emergencia y/o desastre agropecuario, según las actividades que desempeñe el establecimiento:
Cabe recordar que los productores que se encuentren alcanzados por la presente medida, tendrán un plazo de 60 días, a contar desde el 2 de julio, para la presentación en la plataforma de Ciudadano Digital, de las declaraciones juradas de daños (DDJJ). El vencimiento está previsto para el día 30 de agosto.
Prórroga
Además, a través de la Resolución Ministerial N°109, se prorrogó el plazo de recepción de declaraciones juradas de daños, correspondientes al decreto N°566, publicado en boletín el pasado 17 de abril del 2018. Así, quienes tenían plazo hasta el 30 de junio para presentar las DDJJ, ahora podrán hacerlo el 31 de julio.