Créditos del Banco Nación: la ayuda del Gobierno a los productores en emergencia

El financiamiento será a cinco años de plazo; con un subsidio del 50 porciento sobre la tasa al momento de la contratación, durante dos años.


amanecer rural

El Gobierno nacional, a través del Banco Nación, ofrecerá a los productores declarados en emergencia agropecuaria una línea de crédito a cinco años. Tendrá una bonoficación del 50 por ciento parte de la Secretaría de Agroindustria a la tasa vigente al momento de la solicitud, durante dos años.
La medida fue anunciada ayer durante la reunión de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que decidió solicitar la homologación de los decretos provinciales de Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero. 
"En los próximos días, y lo más rápido posible, vamos a homologar las declaraciones de emergencias de las cuatro provincias afectadas por las inundaciones", afirmó Etchevehere ante los miembros de la Comisión y los funcionarios provinciales presentes.

Beneficios
La ley de emergencias contempla la implementación de una prórroga del vencimiento del pago de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, y a los bienes personales mientras dure el período de emergencia; activa el plan de emergencia estipulado en el programa permanente para deuda exigible (con un plazo de hasta 48 cuotas).
Además, suspende durante el plazo de la emergencia la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes incluidos en el decreto; los juicios que estuvieran en trámite para el cobro de impuestos comprendidos en este artículo deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado; y cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda, se podrá deducir el 100 por ciento de los beneficios derivados de esas ventas en el impuesto a las ganancias.
También se aplicarán beneficios del Banco de la Nación para los productores afectados como la espera de vencimientos; suspensión de hasta 90 días para la iniciación de los juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas.
La Afip presentó además una nueva medida dirigida a los productores en emergencia a quienes no se les practicarán retenciones del impuesto a las Ganancias más allá de su situación en el SISA.

Plazos y alcance
Las cuatro provincias afectadas decretaron esta semana el estado de emergencia y/o desastre agropecuario con los siguientes detalles:
Santa Fe (Decreto Provincial Nº 047). Desde el 10 de enero de 2019 hasta el 31 de agosto de 2019 a todas las explotaciones agropecuarias, afectadas por excesos de precipitaciones y anegamientos temporarios, que se encuentran ubicadas en los Departamentos de 9 de Julio, Vera, General Obligado y dos distritos de San Javier.
Corrientes (Decreto Provincial Nº 032). Desde el 1 de enero de 2019 y por el término de seis meses para el sector agropecuario para todos los departamentos de la provincia, en sus zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los ríos interiores, riachos, arroyos y del río Uruguay.
Chaco (Decreto Provincial Nº 256). Por 180 días, a partir del 15 de enero del 2019, prorrogable por el mismo término según evaluaciones para las actividades de agricultura, ganadería, sector forestal, apícola, turismo rural y otras, en forma nominativa a los productores agropecuarios, cuyas explotaciones han sido afectadas por los excesos hídricos.
Santiago del Estero (Decreto Provincial Nº 049). Por el término de 12 meses a partir del mes de enero de 2019 pudiendo ser prorrogada por igual periodo para los departamentos de Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano afectados en forma directa por las inundaciones.
 



Fuente: Alejandro Rollán







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