Ampliación Convenio INASE, Bolsa de Cereales por cultivo de algodón

El citado Convenio Marco firmado entre ambas instituciones, fue por el cual acordaron la prestación de ciertos servicios a los fines de la implementación de lo dispuesto por la Resolución INASE Nº 207/2016, a través de la cual se implementó un sistema de muestreo, análisis e información sobre las remisiones de grano de soja de parte de los productores y facultó al INASE a celebrar convenios con entidades representativas del sector del comercio de granos para canalizar toda la operatoria necesaria para el cumplimiento de los objetivos de la misma.


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Ampliación Convenio INASE, Bolsa de Cereales por cultivo de algodón


El Presidente del INASE, Ing. Agr. Raimundo Lavignolle y el Gerente Administrativo y Finanzas, de la Bolsa de Cereales, Dr. Fernando César Ravazzini firmaron una Adenda al Convenio Marco del 14 de julio de 2016, ratificándose en todos sus términos las cláusulas del mismo y sus sucesivas prórrogas, que comenzará a regir a partir de la fecha de la firma de la presente (23/05/19)

El citado Convenio Marco firmado entre ambas instituciones, fue por el cual acordaron la prestación de ciertos servicios a los fines de la implementación de lo dispuesto por la Resolución INASE Nº 207/2016, a través de la cual se implementó un sistema de muestreo, análisis e información sobre las remisiones de grano de soja de parte de los productores y facultó al INASE a celebrar convenios con entidades representativas del sector del comercio de granos para canalizar toda la operatoria necesaria para el cumplimiento de los objetivos de la misma.

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Debido al satisfactorio resultado del sistema implementado, desde el 2016 a la actualidad, y luego de varias prórrogas y ciertas adecuaciones que se realizaron en los procesos, se consideró conveniente ampliar el muestreo al cultivo de algodonero y extender la prestación de los servicios acordados con la Bolsa.

El INASE, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el art. 1º de la Res. Nº 109/2018, podrá encomendar a la Bolsa de Cereales que realice auditorías en los puntos de entrega para extraer muestras con la finalidad de verificar el cumplimiento de la Ley 20.247. Toda la información resultante deberá ser remitida exclusivamente al INASE, como información reservada.



Fuente: Prensa INASE







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