A partir de marzo de 2020 los warrants solamente podrán emitirse por vía digital

Así lo determinó la disposición 76/19 de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, la cual indica que la digitalización total de la operatoria “no sólo redundará en un trámite más simple y realizable a distancia, sino que además mejorará el control del mismo y la recolección de datos estadísticos”.


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A partir de marzo de 2020 los warrants solamente podrán emitirse por vía digital


Los certificados de depósito emitidos con anterioridad al 1 de marzo de 2020 “mantendrán su vigencia y sus efectos jurídicos hasta la expiración de los plazos que les dieran origen”, aclara la disposición 76/19.

Hasta marzo del año que viene la emisión de warrants electrónicos se implementará a modo de prueba con algunas de las principales empresas del sector (A.G. Warrants S.A., Almacenadora Sudamericana S.A., Control Unión S.A., Macro Warrants S.A., P.T.P. Group S.A., Warrants Norte S.A. y Warrants Riesgo Cero S.A., entre otras).

Una vez ingresado en el sistema de la Afip, la empresa emisora de warrants se encargará de emitir los documentos, los cuales quedarán pendientes para la firma de sus clientes.

“El warrant es instrumento fundamental para el financiamiento de la actividad agropecuaria. El sistema permitirá a las empresas emitirlos en forma más segura y al Ministerio de Agricultura contar con los medios para realizar controles y confeccionar estadísticas a tiempo real”, señaló Jesús Silveyra, subsecretaria de Mercados Agropecuarios, por medio de un comunicado.



Fuente: Prensa Agroindustria







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