Tras la homologación de la emergencia agropecuaria, Producción avanza en el otorgamiento de certificados

Luego de que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación declarara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones ganaderas, agrícolas (cultivos de maíz y cucurbitáceas) y apícolas afectadas por sequía en el territorio formoseño, el Ministerio de la Producción y Ambiente avanza en la recepción de la documentación para el otorgamiento de los certificados a los productos damnificados.


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Tras la homologación de la emergencia agropecuaria, Producción avanza en el otorgamiento de certificados


“Una vez que la emergencia agropecuaria fue homologada por la Nación, empezamos la instancia de recepción de documentación, confección y otorgamiento de los certificados a los productores damnificados, quienes por supuesto están ansiosos de contar con el mismo”, manifestó en declaraciones a AGENFOR el subsecretario de Producción Sustentable, el ingeniero Osvaldo Alejandro García. 

Según puntualizó el funcionario, “históricamente, los certificados de emergencia los entregamos desde el Ministerio de la Producción y Ambiente, en las oficinas de la ciudad capital. Se trata de una declaración jurada donde el productor declara que perdió el 50% de su producción, anexando la información sobre agricultura, ganadería y apicultura”.

Ahora, debido al contexto de pandemia y teniendo en cuenta la magnitud de los daños y la distribución de los productores, precisó que “trabajamos para que en todas las localidades del territorio formoseño se gestionen los certificados y que los productores los puedan obtener”.

En este sentido, el subsecretario García indicó que del mismo modo se vienen sosteniendo reuniones con la UPSTI, tendientes a que los productores puedan autogestionar un certificado de emergencia de manera online.

Beneficios

A su vez, el funcionario marcó la importancia de dichos certificados al subrayar que “se trata de una declaración jurada donde el presidente de la Comisión de Emergencia avala que el productor está  en emergencia”.

Con ellos, los productores pueden tramitar ante entidades nacionales como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el diferimiento de pagos de impuestos y créditos, además de quedar registrados en el sistema, teniendo en cuenta que “nos encontramos en una instancia de gestión con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno Nacional en cuanto a fondos establecidos en la Ley de Emergencia y Desastre Agropecuario”. 

Requisitos

En este punto, García detalló que los requisitos para los productores agrícolas y apícolas afectados son: fotocopias de la primera y segunda hoja del DNI, CUIT o CUIL, del título y plano de propiedad y constancia de adjudicación en venta, del Registro Nacional de Productores Agropecuarios (RENSPA) y número de teléfono de contacto.

En caso de una sociedad, además del estatuto constitutivo se deberá presentar el contrato social, actas de asamblea y directorio en los que conste la última distribución de cargos y poderes vigentes.

Respecto de la ganadería, los requisitos incluyen todo lo mencionado anteriormente, sumando además fotocopias del título de marcas y señales, de los últimos dos certificados de acta de vacunación (anti-aftosa) y número de teléfono de contacto.



Fuente: Agenfor







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