26/10/2020. REGIONALES. Salta
El decreto 697/20 establece que los productores cuyo ganado y cultivos fueron afectados con más del cincuenta por ciento (50 %) de daños y deseen acceder a los beneficios de la Ley Nº 6.241, Régimen Provincial de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, deberán efectuar la correspondiente denuncia de los daños ocurridos con carácter de declaración jurada dentro de los veinte días hábiles a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.
Las declaraciones juradas pueden realizarse a través de los municipios, oficinas del INTA, SENASA, Secretaría de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, Entes Sanitarios y de las asociaciones de pequeños productores.
La decisión se tomó luego de la recomendación realizada por la Comisión Provincial de Emergencia y/o Desastre Agropecuario convocada por el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable a través de la Secretaría de Desarrollo Productivo, luego de las inspecciones llevadas a cabo en la zona y el análisis detallado de los daños causados por la sequía en el norte salteño.