En la primera semana del dólar exportador las ventas de soja siguieron siendo ínfimas por parte de los productores argentinos

Durante la primera semana de vigencia del “dólar exportador” las ventas de soja siguieron “planchadísimas” a causa de la creciente incertidumbre cambiaria presente en la Argentina.


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En la primera semana del dólar exportador las ventas de soja siguieron siendo ínfimas por parte de los productores argentinos


Desde el 24 al 31 de octubre las operaciones con soja –tanto contratos nuevos como fijaciones de precios de contratos realizados con anterioridad– sumaron apenas poco más de 132.000 toneladas.

La mayor parte de los productores decide conservar el escaso stock disponible de soja 2022/23 como resguardo de capital ante eventuales saltos cambiarios, los cuales están siendo contenidos por el gobierno nacional al menos hasta el balotaje del 19 de noviembre próximo.

Los registros de la plataforma Sio Granos muestran que las necesidades de generación de liquidez en la zona pampeana se vienen haciendo fundamentalmente por medio de la venta de maíz, mientras que en el norte argentino también participa la nueva cosecha de trigo 2023/24.

El martes de la semana pasada comenzó a regir el decreto por medio del cual se instrumentó en la Argentina un tipo de cambio diferencial para todas las exportaciones de bienes y servicios, lo que implica, en los hechos, una devaluación pero solamente para el sector exportador.

El régimen dispone que los exportadores deben liquidar las divisas generadas, incluyendo las prefinanciaciones y/o postfinanciaciones de exportaciones o anticipos de liquidaciones, en una proporción del 70% en el Mercado Libre de Cambios, mientras que el 30% deberá liquidarse en el mercado de divisas conocido como “contado con liquidación (CCL).

El régimen, que estará vigente hasta el hasta el 17 de noviembre de 2023, dispone que todos los exportadores deberán abonar antes del 31 de diciembre de 2023 los derechos de exportación, en caso de corresponder, para lo cual deberá considerarse “el contravalor excepcional y transitorio”, es decir, el resultado de la operación correspondiente al 30% que se liquida al tipo de cambio CCL.



Fuente: Valor Soja







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