Megadecreto. Nadie podrá prohibir exportaciones, los extranjeros comprarán tierras sin trabas y será libre un precio para la yerba

El megadecreto de necesidad y urgencia que firmó el presidente Javier Milei contiene varios puntos que tendrán un impacto directo sobre el sector agropecuario.


amanecer rural
Megadecreto. Nadie podrá prohibir exportaciones, los extranjeros comprarán tierras sin trabas y será libre un precio para la yerba


Van desde el fin de cualquier prohibición a las exportaciones por motivos económicos a la derogación de la ley de extranjerización de tierras, la quita de facultades al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) para regular precios de la materia prima, la flexibilización para la contratación en las bolsas de trabajo rurales, entre otros puntos.

“Todo proceso de desregulación va en la dirección correcta, veremos cómo se da en la cantidad de regulaciones que existen en el comercio agropecuario. La prohibición de prohibir exportar da garantías a la exportación de cumplimiento de contratos, algo vital para las exportaciones agropecuarias”, dijo a LA NACION Horacio Salaverri, presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap). El dirigente agregó un comentario más general: “Las modificaciones del Código Civil y Comercial, como así también las cuestiones laborales, van a generar la posibilidad de libre contratación en distintas monedas y terminar con el destructivo juicio laboral”.

Según lo dispuesto por Milei, el Gobierno no podrá trabar ni prohibir las exportaciones. Al respecto, el artículo 609 de la ley N° 22.415 del Código Aduanero quedará redactado de la siguiente manera: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Solo se podrán realizar por Ley”.

Vale recordar que el kirchnerismo siempre apeló a distintas trabas y cuotificaciones a las exportaciones del campo que lo que hicieron fue perder mercados e incentivos a producir más. Esto último se volvió a repetir en el gobierno de Alberto Fernández.

 

En ese marco, indicó que “son económicas” las prohibiciones establecidas con cualquiera de los siguientes fines: “a) asegurar un adecuado ingreso para el trabajo nacional o combatir la desocupación; b) ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; c) promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o vegetales; d) estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno; e) atender las necesidades de las finanzas públicas; f) proteger los derechos de la propiedad intelectual, industrial o comercial; g) resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las prácticas que pudieren inducir a error a los consumidores”.

Luego de enumerar qué se entenderá por una prohibición por “motivos económicos”, en el artículo 610 se fija, en tanto, que “las prohibiciones pueden ser establecidas por cualquiera de las razones siguientes: a) afirmación de la soberanía nacional o defensa de las instituciones políticas del Estado; b) política internacional; c) seguridad pública o defensa nacional; d) salud pública o sanidad animal o vegetal; e) protección del patrimonio artístico, histórico, arqueológico o científico; f) conservación de las especies animales o vegetales; g) preservación del ambiente, conservación de los recursos naturales y prevención de la contaminación”.

Acto seguido se agrega otro párrafo largamente esperado en el campo: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones o cupos a las exportaciones ni importaciones por motivos o fundamentos económicos”.

Tierras

Como había anticipado LA NACION, la ley de tierras sancionada en 2011 con la excusa de frenar una supuesta extranjerización será derogada. La norma no permitía en manos extranjeras más del 15% de las tierras cuando a hoy ese porcentaje en realidad está apenas por encima del 5%.

Sobre esto, en el decreto se indica que “es menester derogar” la ley 26.737 “que limita el derecho de propiedad sobre la tierra rural y las inversiones en el sector”.

 

Entre otras cosas, también se deroga la ley 18.600 de contratos de elaboración de vinos, la ley 18.905 de política vitivinícola nacional, la ley 22.667 de reconversión vitivinícola, la 18.770 de régimen de entregas de azúcar para consumo en el mercado interno.

El capítulo V del decreto hace mención al Régimen del Trabajo Agrario creado por la ley 26.727. Al respecto, menciona las bolsas de trabajo usadas por ejemplo para contratar para temporales como la extracción de granos de silobolsas y otras actividades.

“Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”. De acuerdo a lo dispuesto, habrá libertad para contratar más allá de lo que sugiera la bolsa.

 

Otro punto no menor está en los cambios para el Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym). Ese ente ya no podrá regular precios para la materia prima como venía haciendo. Al respecto, se derogará el inciso r de la ley del organismo, que fijó la potestad de acordar semestralmente entre los distintos sectores -productores e industrias- el precio de la materia prima o, si no había un entendimiento, que eso lo podía hacer el Estado.

Entre las reformas ligadas al sector yerbatero también está la derogación de la ley 27.114, que en 2014 se impulsó para “promover la radicación y creación de los establecimientos necesarios para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora”. Es decir, en ese momento se llevó adelante para evitar el fraccionamiento fuera de las provincias productoras de Corrientes y Misiones.

Por otra parte, el Gobierno buscará modificar la ley de Manejo del Fuego. Vale recordar que durante el gobierno de Alberto Fernández se introdujeron modificaciones cuestionadas por los productores porque imponía duras sanciones ante cambios en el uso del suelo e incendios.



Fuente: La Nacion







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