09/12/2019. NACIONALES.
La medida, que tendrá un límite máximo de 2.000.000 de unidades pieza, busca alivianar la carga tributaria que pesa sobre las ventas externas de estos productos y que generó una importante contracción en el sector pecuario y una pérdida de competitividad del cuero argentino en los mercados externos.
En este sentido, se busca revertir los indicadores negativos de la economía argentina, mediante acciones concretas destinadas a superar la crisis que atraviesa dicho sector, eliminando las trabas y restricciones que limiten su plena capacidad de desarrollo, teniendo como meta el fortalecimiento de su producción, de las economías regionales y de los mercados pecuarios en general.
De esta manera, se deja sin efecto los derechos de exportación del 5% y el 10%, establecidos en el Decreto N° 1126/17; manteniéndose el límite del monto a pagar, determinado en una suma de pesos por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda, que se fijó en el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 pautado hasta el 31 de diciembre de 2020.
El cupo se distribuirá de acuerdo a la faena entre enero y noviembre de 2019, según informó la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios de este Ministerio.