Agricultura actualizó el procedimiento para sancionar infracciones en el comercio agropecuario

Agricultura aprobó un nuevo instructivo que ordena el procedimiento administrativo para investigar y sancionar incumplimientos en las cadenas de carnes y granos. La medida busca agilizar los procesos, unificar criterios y brindar mayor seguridad jurídica a los operadores.


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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía oficializó la Resolución 89/2026, mediante la cual aprobó un nuevo "Instructivo para el Procedimiento Administrativo de Tratamiento de Infracciones", que regirá la tramitación de los sumarios iniciados por presuntos incumplimientos a la normativa de control comercial agropecuario. La resolución, publicada este 25 de junio en el Boletín Oficial y firmada por el secretario Sergio Iraeta, no incorpora nuevas obligaciones para los operadores, sino que establece un procedimiento uniforme para la actuación de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, organismo encargado de fiscalizar las actividades vinculadas con la comercialización e industrialización de productos agropecuarios.

Un procedimiento más claro y previsible

Según los fundamentos de la norma, el objetivo es organizar integralmente la actuación administrativa, sistematizar las distintas etapas del procedimiento sancionatorio y establecer criterios homogéneos para las áreas técnicas y legales encargadas del control. La Secretaría sostiene que el nuevo instructivo permitirá fortalecer la eficiencia del sistema de fiscalización, brindar mayor previsibilidad a los operadores y garantizar plenamente el derecho de defensa, sin modificar el marco jurídico vigente. La resolución también enmarca esta actualización dentro del proceso de desregulación económica impulsado por el Decreto 70/2023, aunque aclara que resulta necesario mantener herramientas claras y actualizadas para ejercer las funciones de control y policía comercial que la legislación asigna al organismo.

El objetivo es organizar integralmente la actuación administrativa, sistematizar las distintas etapas del procedimiento sancionatorio y establecer criterios homogéneos para las áreas técnicas y legales encargadas del control.

Plazos definidos para cada etapa

El instructivo establece tiempos concretos para cada instancia del procedimiento administrativo. Luego de un operativo de fiscalización o de la recepción de la documentación solicitada al operador, la Dirección de Fiscalización Comercial Agropecuaria contará con un plazo de 20 días para analizar las actuaciones. Durante ese período podrá disponer el archivo del expediente cuando no existan infracciones o cuando se detecten defectos insubsanables. Si la información resultara insuficiente, podrá requerir documentación complementaria, otorgando un plazo de cinco días, prorrogable si así lo considera necesario. Cuando existan elementos suficientes, el organismo deberá elaborar una Evaluación Técnica, documento en el que se detallarán las presuntas infracciones detectadas, y remitir el expediente a la Dirección Nacional para continuar con el trámite.



Fuente: Agritotal







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