04/08/2026. NACIONALES. Política Agropecuaria

El Gobierno nacional oficializó una profunda reforma del Código Alimentario Argentino (CAA) mediante el Decreto 697/2026, una medida que busca simplificar los procedimientos regulatorios, reducir costos administrativos para la industria alimentaria y consolidar al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) como principal organismo de fiscalización del sistema. La normativa introduce modificaciones en los procedimientos de importación, registro y control de alimentos, aditivos, ingredientes y envases, con el objetivo de agilizar el comercio y modernizar el sistema regulatorio sin alterar los estándares de inocuidad alimentaria.
Uno de los cambios más relevantes establece que los alimentos, aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y envases que cuenten con certificaciones emitidas por países con sistemas sanitarios reconocidos o que apliquen las normas del Codex Alimentarius podrán ingresar al país sin necesidad de incorporarse previamente al Código Alimentario Argentino. En estos casos, los importadores únicamente deberán presentar una declaración jurada junto con el certificado correspondiente, mientras que la autoridad sanitaria no podrá exigir requisitos adicionales. Según los fundamentos del decreto, la medida busca eliminar asimetrías regulatorias que perjudicaban a la industria nacional frente a productos importados que ya gozaban de un régimen simplificado.
La reforma redefine las competencias dentro del Sistema Nacional de Control de Alimentos. Mientras el Ministerio de Salud conservará la rectoría normativa en materia sanitaria, el Senasa asumirá un papel central en las tareas de registro, fiscalización, inspección, control de importaciones y aplicación de sanciones. Además, será el organismo encargado de administrar la Base Única de Datos, registrar establecimientos y productos, controlar alimentos de origen animal y vegetal, emitir certificaciones sanitarias para exportación y coordinar las acciones con las autoridades provinciales.
El decreto también modifica el régimen de fiscalización de los alimentos que ingresan al país. Los productos provenientes de países con certificaciones reconocidas accederán a un procedimiento simplificado, mientras que aquellos que no se encuentren alcanzados por ese régimen continuarán sujetos a verificaciones analíticas y controles bromatológicos antes de su comercialización. Asimismo, los controles sanitarios pasarán a realizarse, como regla general, después del ingreso al país, salvo que existan indicios de deterioro, inconsistencias documentales o riesgos comprobados para la salud humana, animal o vegetal.
Otro de los ejes de la reforma apunta a acelerar la actualización del Código Alimentario Argentino. El decreto fija un plazo máximo de 45 días hábiles para que el Ministerio de Salud y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca resuelvan las propuestas de modificación del CAA, tomando como referencia las normas internacionales y los acuerdos vigentes. La intención es dotar al sistema de mayor agilidad para incorporar nuevas tecnologías, ingredientes y estándares de producción.
La norma también elimina diversas disposiciones consideradas redundantes, centraliza funciones que anteriormente estaban distribuidas entre distintos organismos y mantiene vigentes las habilitaciones y registros existentes, evitando que empresas y establecimientos deban realizar nuevas inscripciones. Con estas modificaciones, el Gobierno busca avanzar en una simplificación regulatoria, reducir tiempos administrativos para la industria agroalimentaria, facilitar el acceso a insumos importados y fortalecer el rol del Senasa como autoridad operativa del sistema nacional de control de alimentos. El decreto entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
